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viernes, 22 noviembre 2024

Santa Fe: el Poder Ejecutivo promulgó la prisión preventiva por la portación de armas

La reforma al artículo 221 de la norma procedimental ya podrá ser solicitada por fiscales y convalidada por jueces. Fuerte impulso de familiares de víctimas y objeciones de amplios sectores de la academia de Derecho.

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Con la firma del gobernador, Omar Perotti, y de la ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Celia Arena, el Poder Ejecutivo promulgó un agregado al artículo 221 del Código Procesal Penal de la provincia para incorporar a la figura de peligrosidad procesal al portador ilegal de armas de fuego por lo que habilita a que su detención implique el dictado de la prisión preventiva.

Con la publicación de la norma en el Boletín Oficial terminó un largo trámite parlamentario que demandó el paso del expediente por el máximo de instancias que prevé la Constitución provincial. La norma tuvo el fuerte empuje de las organizaciones de víctimas de Santa Fe y de Rosario que militaron el proyecto que tomó como bandera Oscar Martínez (Frente Renovador) en la Cámara de Diputados y Lisandro Enrico (UCR – General López) en el Senado. De todas maneras, hubo objeciones y advertencias especialmente en la Cámara Baja de parte de Matilde Bruera (Lealtad Kirchnerista) y, por fuera de Legislatura, de varios actores del derecho penal que advierten sobre la inconstitucionalidad del agregado al Código.

La reforma promulgada agrega el inciso 8 al artículo 221 del CPP sobre peligrosidad procesal incorporando el siguiente texto: "la tenencia y la portación de armas de fuego, así como el uso de armas de fuego, por uno o algunos de los imputados durante la ejecución del hecho delictivo o con posterioridad para asegurar sus resultados".

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