Este viernes 17 de noviembre a las 8 horas comenzó el periodo de veda electoral en la provincia de Santa Fe y el resto de la República Argentina de cara al balotaje presidencial. El mismo se extiende hasta las 21 horas del domingo 19 de noviembre, tres horas después de que finalicen los comicios.
La primera instancia de veda para que los ciudadanos descansen de la propaganda sin actos públicos, notas periodísticas en radios, televisión y medios gráficos ni difundir encuestas o sondeos preelectorales. Los espacios virtuales como las redes sociales o sitios oficiales personales se encuentran exentos de la normativa, por lo que algunos rostros pueden continuar invadiendo celulares y computadoras. Apariciones de propaganda oficial de los candidatos en plataformas como YouTube, Twitter, Instagram o Facebook no implican una violación a la veda electoral.
Teniendo en cuenta que esta fecha es la última del calendario 2023 y se trata de un balotaje presidencial, no existirán confusiones sobre las diferentes categorías, sólo se ven afectados los nombres que figuran en las boletas de este domingo. Las manifestaciones y apariciones públicas de otros funcionarios y/o legisladores, no implicarán una violación siempre que no se realicen en torno a los comicios.
Qué está prohibido desde la segunda instancia de veda electoral
Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas (desde 12 horas antes de los comicios).
Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los sitios de votación.
La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
Realizar actos públicos de proselitismo
Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los puntos de votación.
Qué pasa si rompo la veda electoral
En primera instancia se encuentran las sanciones económicas por incumplir con el "silencio electoral", los electores pueden sufrir multas de entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.
Las personas que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas elecciones 2023 pueden recibir una pena de dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.
Con información de El Litoral