Trabajadores de la administración pública nacional – excepto quienes trabajan en entidades bancarias o financieras – fueron beneficiados con dos días de asueto para los próximos 23 y 30 de diciembre. El decreto 820/2022 fue publicado en el Boletín Oficial de este lunes.
De esta manera, los estatales nacionales van a tener un festejo extendido de Navidad y Año Nuevo, ya que los días 25 de diciembre y 1° de enero en esta oportunidad caen domingo y son feriados nacionales inamovibles.
Los organismos gubernamentales deberán implementar "las medidas necesarias" para mantener la continuidad de los servicios esenciales, aclararon las autoridades. La medida llevó la firma del presidente, Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro del Interior Eduardo de Pedro.
En los considerando de la norma las autoridades aseguraron que las festividades de la Navidad y Año Nuevo "constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para todas las familias que habitan en nuestro territorio" y esta medida apunta a "facilitar las clásicas reuniones familiares" de quienes residen lejos de sus seres queridos.
Cuáles son los feriados inamovibles
Entre los feriados inamovibles están el 1° de enero (Año Nuevo), 20 y 21 de febrero (feriados de carnaval), el 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), el 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas).
También figuran el 7 de abril (Viernes Santo), el 1° de mayo (Día del Trabajador), el 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo), el 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), el 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano), el 9 de julio (Día de la Independencia), el 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional), el 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y el 25 de diciembre (Navidad).
Fuente: Página 12