Condenaron a Héctor Damián Barrero por el transfemicidio de la referente santafesina Alejandra Ironici, ocurrido en agosto de 2022. La resolución del tribunal fue unánime.
Los jueces Pablo Busaniche y Sebastián Szeifert y la jueza Susana Luna impusieron la pena de prisión perpetua a Barrero, como autor de "transfemicidio, también agravado por el vínculo y por violencia de género" y de "abuso sexual con acceso carnal".
Tanto la fiscalía como las querellas se mostraron muy conformes con lo resuelto por el tribunal, y señalaron que se trata de una "condena histórica" por ser la primera de este tipo a nivel provincial y la segunda a nivel nacional. El precedente es la condena por el travesticidio de la activista Diana Sacayán, figura que fue rechazada en segunda instancia, tras la cual la causa se encuentra a la espera de resolución en tribunales superiores.
"Nos están matando"
Frente a tribunales, en la Plaza 25 de Mayo, familiares, allegados y militantes se reunieron para esperar el veredicto. Amigas y compañeras de lucha de Alejandra Ironici destacaron que "hasta muerta marcó un precedente".
"Eso, además de la perpetua, nos pone contentas aunque por dentro estemos destrozadas". En cuanto a la causa judicial, señalaron que "estamos contentas con lo que hizo la fiscalía, con la querella y con el veredicto de los jueces. La verdad es que estamos muy conformes, se movieron muy rápido y el juicio se hizo rápido".
Ahora continuarán reclamando "que pongan también la atención sobre nosotras, que haya perspectiva de género en las comisarías, es algo que tiene que estar. También somos parte de la sociedad, y nos están matando".
A Alejandra "la recordaremos con cariño, con amor, como compañera, amiga y hermana".
Transfemicidio
Tras conocer el veredicto, la fiscal Alejandra Del Río Ayala se refirió a la importancia de que la condena haya sido por la figura de transfemicidio: "No sólo es algo complejo, novedoso, que implica un cambio de paradigma sobre todo en las interpretaciones tradicionales de los tipos penales, sino que también en términos probatorios no es algo sencillo".
"Desde el minuto cero en que ocurrió el hecho y supimos quién era Alejandra y cómo había sido el contexto en que se había producido su muerte" desde la fiscalía sostuvieron la figura penal, "fue la principal línea de investigación, la principal hipótesis, si bien lo cierto es que este crimen también tiene otros calificantes"
En estos hechos "el cuerpo siempre habla". La víctima tuvo "46 lesiones cortopunzantes que se concentraron en zonas características del sexo y el género, y sólo dos fueron las lesiones mortales, con lo cual todas las otras fueron exclusivamente direccionadas al deterioro el cuerpo de Alejandra".
El abuso
Respecto al abuso sexual, este delito "para nosotras era muy importante de litigar, porque habitualmente en estos casos queda subsumido dentro de la figura, sobre todo cuando hay un femicidio sexual, más allá de que éste también era íntimo".
"Lo planteamos en el juicio, entiendo que lo probamos debidamente y, más allá de los cuestionamientos de la defensa y de la negativa del imputado, lo cierto es que el abuso sexual existió", detalló la fiscal, y agregó que "creo que hoy por hoy, también en términos simbólicos, es importante reconocer que no es un hecho que queda subsumido en el femicidio, ni mucho menos en el transfemicidio".
La responsabilidad del Estado
Al ser consultada sobre la responsabilidad del Estado, Del Río Ayala señaló "creo que ni el tribunal se animó a resolver la petición de las querellas -en ese sentido-, y yo no soy quien para decir si el Estado es o no responsable, creo que eso corresponde a las instancias máximas", es decir, a los Tribunales Internacionales.
"Lo que sí puedo decir, es que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha puesto el foco en los últimos años, y de manera muy contundente, sobre el rol que ocupan algunas personas en la lucha por los derechos humanos de los grupos más vulnerables y sí exhorta a los Estados constantemente a que les brinden la debida protección, no solo física".
El de Alejandra Ironici es "un caso extremo, pero hay cuestiones intermedias que también afectan e impactan en esta protección que brindan determinadas personas a ciertos colectivos".
Fuente: El Litoral