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viernes, 22 noviembre 2024

Santa Fe: El fin de semana vuelven las restricciones de circular

La provincia adhirió al DNU nacional donde se establecen restricciones de circular más estrictas para el fin de semana del 5 y 6 de junio y de actividades.

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Este sábado 5 y domingo 6 de junio, nuevamente cambiarán las restricciones vigentes en la provincia de Santa Fe, luego de que se adhirió al último DNU emitido por la nación para endurecer las restricciones de circular buscando la baja de casos de coronavirus en esta segunda ola y también la saturación del sistema sanitario.

En tanto, el gobierno provincial definirá el lunes cómo continuará la actividad en Santa Fe, pero todo dependerá de los últimos números de la situación epidemiológica y de las recomendaciones de Nación.

El sábado y el domingo –en los lugares con nivel alto de circulación del virus– solo podrán realizarse salidas de esparcimiento al aire libre en espacios de cercanía, en el horario autorizado y con conductas acordes a las reglas generales, en tanto que la restricción a circular será total, entre las 18 y las 6, excepto para quienes desarrollan tareas esenciales.

No podrán realizarse reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales y tampoco se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

Las personas solo podrán movilizarse en las cercanías de sus domicilios y con el casi excluyente motivo de aprovisionarse de comida, medicamentos y artículos de necesidad en los comercios habilitados.

Comercios y supermercados:
La actividad de supermercados y comercios minoristas de proximidad de venta de alimentos, higiene personal y limpieza; farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas. Todos ellos –a excepción de las farmacias cuando estén de turno– podrán abrir al público entre las 6 y las 18. La superficie de ocupación en los locales no podrá superar el 30 por ciento. En cuanto a los clientes, deben concurrir a los negocios más cercanos a sus domicilios.

El resto de los establecimientos comerciales de otros rubros y productos, solo podrán realizar actividad comercial a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante las modalidades de entrega a domicilio o retiro, las que deberán concretarse en el horario de seis (6) a dieciocho (18) horas.

Bares y restoranes:
Los locales gastronómicos (bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales), deberán desarrollar la actividad sin habilitar la concurrencia de comensales, solo en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que se realicen en locales de cercanía.

Salidas recreativas:
En el decreto provincial se establece que se podrán realizar salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular (desde las 6 y hasta las 18), y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias establecidas y en ningún caso podrán realizarse reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

Actividades religiosas:
Por último se determinó la suspensión de actividades y eventos religiosos que se realicen en lugares al aire libre, sean públicos o privados

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