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viernes, 22 noviembre 2024

La Defensoría del Pueblo pide la exención del pago de peajes a los veteranos de Malvinas

Desde la Defensoría del Pueblo emitió la resolución luego de una presentación realizada por un ex soldado combatiente. Actualmente, el beneficio existe a nivel nacional y en las provincias de Buenos Aires y Córdoba.

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La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe recomendó al Ejecutivo provincial que “se articulen todos los mecanismos administrativos necesarios para la emisión de normativa que consagre y reglamente” una eximición del pago de peajes en los corredores viales provinciales para los ex soldados combatientes en la Guerra de Malvinas, en la línea con lo que sucede a nivel nacional.

A través de la resolución 074/23, firmada por los defensores Gabriel Savino y Jorge Henn el 17 de abril, el organismo protector de derechos plasmó lo trabajado a partir de una queja ingresada en la institución por un ex combatiente, quien solicitó a la Defensoría del Pueblo que analice “la posibilidad de recomendar a la provincia de Santa Fe la factibilidad de este beneficio a los veteranos de guerra que transitan por rutas y autopista bajo concesión provincial y/o municipal”.

Ello, recordando que “existe a nivel nacional la exención de pago de peaje para Veteranos y Veteranas de Malvinas determinada por resolución 430/2022 de la Dirección Nacional de Vialidad donde se consagra que el beneficio es posible utilizar en una serie de rutas y autopistas que se encuentren bajo la órbita de competencia del Estado nacional”.

En los considerandos de la resolución se detalla la norma vigente en la materia y se explicita que en la “provincia de Santa Fe rige la ley 11.204 que autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar concesiones de obras viales por un plazo determinado a Municipalidades y Comunas vinculadas y/o Unidades Ejecutoras, para la construcción, administración, conservación, reparación, mantenimiento o ampliación de obras viales y que únicamente se podrá percibir peaje respecto de las concesiones de obras viales realizadas o a realizarse sobre las rutas provinciales”.

Y que “la fiscalización de las Unidades Ejecutoras está a cargo del Poder Ejecutivo Provincial a través de la Dirección Provincial de Vialidad, quien designa un representante en el ente concesionario, cualquiera sea su naturaleza, con las facultades que se fijen en el contrato de concesión”. También que “el cobro de peaje está previsto en la concesión y sus valores son autorizados por resolución de la Dirección Provincial de Vialidad”.

En ese contexto, los defensores Savino y Henn consideraron que respecto de “la solicitud de eximición del peaje en rutas provinciales realizada por Ex Combatientes de Malvinas se debe decir, no solo que el planteo es razonable a la luz de la normativa nacional, sino que como Defensoría del Pueblo se impone el deber institucional de apoyar y recomendar en los términos de las propias facultades la implementación de un beneficio similar.

Los funcionarios también recordaron en el texto que en la provincia de Santa Fe existe un proyecto de ley que cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados que dispone en su artículo primero “la exención de pago de peajes para aquellos vehículos donde se trasladen Excombatientes de Malvinas”.

Asimismo, también citaron que en “la provincia de Córdoba eximió a los Ex Combatientes del pago del peaje en todas las rutas que componen la Red de Accesos a Córdoba y la provincia de Buenos Aires, mediante ley 14.793, hizo lo propio en los peajes en todas las rutas y autopistas provinciales en beneficio de los ex-soldados conscriptos y civiles que hubiesen participado en el Teatro de Operaciones de Malvinas.

En base a todo ello es que la Defensoría del Pueblo resolvió “recomendar al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat que por medio de la Dirección Provincial de Vialidad se articulen todos los mecanismos administrativos necesarios para la emisión de normativa que consagre y reglamente el beneficio de eximición del pago de peajes en los 4 corredores viales de la provincia cuyas Unidades Ejecutoras administran las rutas provinciales N. 18, 14, 6 y 70 Autopista provincial 01, a los Ex Soldados conscriptos y civiles que hubieren participado las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y quienes hubieren entrado en efectivas acciones de combate en el área del teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) dentro de la zona de exclusión de las 200 millas náuticas alrededor de las Islas Malvinas y quienes fueron afectados al crucero “Ara General Belgrano” hasta el 2 de mayo de 1982”.

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