La publicación en el Boletín Oficial, durante la madrugada del lunes, de un cambio en las recetas digitalizadas, generó fuertes inconvenientes en los pacientes que buscaban adquirir medicamentos para tratar sus patologías. Ahora, luego de que cientos de personas se quejaran por la imposibilidad de acceder a los fármacos, el Ministerio de Salud emitió un comunicado en el que advirtió que, para aquellos con tratamientos crónicos, se mantendrá la modalidad previa hasta el 28 de febrero.
La cartera sanitaria indicó: “Lo que se dejó sin efecto es la prescripción de medicamentos a través de fotos de las recetas enviadas por mensaje de texto, aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax, que había sido autorizada con carácter excepcional durante el Aislamiento Social Preventivo Obligatorio. Estas fotos de recetas no son recetas digitales o electrónicas”, recalcó.
“La resolución 696/20 había sido emitida para que los pacientes con patologías crónicas no tuvieran que circular para continuar su tratamiento en medio del aislamiento. En un contexto epidemiológico y sanitario diferente, es imprescindible retomar los procedimientos habituales, que permiten una mayor seguridad y trazabilidad de los medicamentos, promoviendo su uso racional”, afirmaron el escrito previo.
Según habían indicado desde el Ministerio de Salud en un comunicado emitido durante la noche de este lunes, luego de que cientos de pacientes se quejaran en redes sociales y las mismas farmacias, “lo que se derogó es la resolución 696 dictada en 2020, que permitía, en contexto de ASPO y con carácter de excepción, la prescripción de medicamentos mediante mensajes de texto o aplicaciones de mensajería vía web”. Al tiempo que advertían que “las recetas digitales y/o electrónicas (con firma electrónica o digital) seguirán siendo aceptadas como hasta ahora”.
Los cambios se decidieron para fortalecer la trazabilidad en el expendio de fármacos, ya que la prescripción de medicamentos debe realizarse con todos los mecanismos de seguridad correspondientes: las recetas deben asegurar la identidad de pacientes y médicos y el medicamento prescrito debe estar autorizado por el ANMAT, ser identificado por su nombre genérico y formar parte de una indicación terapéutica validada científicamente, dentro del uso racional de medicamentos.