El Ministerio de Salud declaró la no obligatoriedad del uso del barbijo en la Argentina. La decisión, dada a conocer en las primeras horas del miércoles a través de la Resolución 1849/2022 del Boletín Oficial, se toma a dos años del comienzo de la pandemia de Covid-19 y luego de tres olas de contagios.
El documento explica que, “el SARS-CoV-2 se ha convertido en un virus circulación estacional”, lo que hace que la utilización del barbijo quede solo reservada a la presentación de “escenarios particulares”. Asimismo, el texto resalta la importancia de las coberturas de vacunación, “que ha logrado disminuir de manera considerable la incidencia de enfermedad grave y la mortalidad por Covid-19, independientemente de la variante circulante”.
“Desde el inicio de la Campaña Nacional de Vacunación contra Covid-19 hasta el 6 de septiembre de 2022, se alcanzó una cobertura del 82,5% en población general y 81,7 % en mayores de 3 años con dos (2) dosis de vacuna, y de 46,7 % en población general y 73,5% en mayores de 60 años con el primer refuerzo”, detalla.
Por otro lado, “en relación a la ocupación de camas de terapia intensiva por Covid-19, todas las provincias se ubican por debajo del SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de ocupación y la cantidad de pacientes en Unidades de Terapia Intensiva (UTI) reportados presenta un leve descenso en las últimas CUATRO (4) semanas”.
En base a ello es que la cartera al mando de la ministra Carla Vizzotti decide: “Establécese el carácter no obligatorio del uso del barbijo”. Aun con el dictamen, los artículos siguientes de la resolución aclaran que “se continúa recomendando medidas de prevención general” y enumeran las siguientes:
El uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
Asegurar la ventilación de los ambientes.
Mantener la higiene adecuada y frecuente de manos.
Ante la presencia de síntomas, evitar el contacto, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte.
Sobre la aplicabilidad de estas medidas señala que: “cada jurisdicción podrá adoptar las recomendaciones pertinentes en función de su situación epidemiológica particular y la estrategia sanitaria planificada”. La determinación entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial a la medianoche.
Fuente: Télam