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viernes, 22 noviembre 2024

Desde el 20 de agosto entrará en vigencia la Ley de Etiquetado Frontal

De acuerdo a la ley 27.642, los productos alimenticios deberán presentar una etiqueta que cuenta con información nutricional sobre el contenido de sustancias que puedan ser perjudiciales.

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El Ministerio de Salud confirmó que a partir del 20 de agosto las principales cadenas alimenticias deberán poner en circulación los nuevos envases de alimentos y bebidas para que cumplan lo estipulado en la Ley de Etiquetado Frontal. La nueva medida plantea que las etiquetas de los envases deben advertir al consumidor acerca del contenido del producto, en particular en lo que refiere al exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio. La ley 27.642 fue publicada en el Boletín Oficial en noviembre de 2021.

En cuanto a las cadenas productoras más pequeñas, la cartera de Salud anunció que tendrán un plazo mayor de tiempo para incorporar a la nueva reglamentación, puntualmente hasta el 20 de febrero de 2023.

Una herramienta para la alimentación saludable

A través del decreto 151/2022 se aprobó la reglamentación de la Ley de Etiquetado Frontal, que fue promulgada oficialmente en noviembre de 2021.

El objetivo de esta reglamentación es “garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada brindando a los consumidores información clara, oportuna y veraz sobre el valor nutricional de los alimentos”. Persiguiendo este fin, establece una serie de medidas, orientadas a advertir a los consumidores sobre el exceso de nutrientes críticos en alimentos envasados y bebidas analcohólicas, “que impactan, entre otros, en el diseño envasado y packaging, las acciones publicitarias y/o de marketing, la imagen y el uso de las marcas de los productos que se ven alcanzados según su regulación”.

Fuente: Télam

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