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miércoles, 30 octubre 2024

AFA destacó el fallo de la Justicia contra las Sociedades Anónimas Deportivas

Luego de que la Justicia ordene al Estado Nacional suspender los efectos de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023 y la reglamentación de las SAD de agosto de este año, por una medida cautelar de la Asociación del Fútbol Argentino, uno de los máximos dirigentes de la casa madre se pronunció en redes.

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Luego de que la Justicia de lugar a la medida cautelar solicitada por la AFA y le ordene al Gobierno la suspensión de los efectos de dos artículos del DNU y la reglamentación de las SAD de agosto de este año, la Asociación del Fútbol Argentino se pronunció para destacar la medida del Juzgado Federal de Mercedes.

“Todos hablan libremente del Fútbol Argentino y está bien, VIVA LA LIBERTAD CARAJOOOOOO !!!. Los invito a AFA y verán lo que es Dirigencia Deportiva, desde el ingenio y la responsabilidad de administrar 236 Ligas, 3.500 Clubes, 1.200 Empleados en Relación de Dependencia”, inició escribiendo Pablo Toviggino, uno de los máximos dirigentes afistas, en sus redes sociales.

Además, el tesorero de la AFA afirmó: “Setenta y Cinco designaciones Arbitrales y Setenta y Cinco Designaciones VAR, TODAS LAS SEMANAS !!! Veinticuatro Selecciones Nacionales, practicando los 365 días del año, con un Torneo Regional de 350 Clubes a lo largo y ancho del País. Escribiría diez posteos, pero no tengo tiempo !!! Vamos Argentina !!! En Fin … NO A LAS SAD !!!”.

El Juzgado Federal de Mercedes dio lugar a una medida cautelar solicitada por AFA y le ordenó al Gobierno la suspensión de los efectos de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023 y la reglamentación de las SAD de agosto de este año. La decisión se da en el marco de una presentación que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) hizo para que se declare la inconstitucionalidad de los mencionados artículos del “mega DNU” y también de la reglamentación realizada hace tres semanas.

Los puntos claves de la decisión judicial

"I.- No hacer lugar al pedido de suspensión del trámite de estos actuados, a las resultas del conflicto de competencia y en razón del territorio invocado por el Sr. Fiscal Federal por los motivos expuestos en los considerandos apartado I.-

II- Hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO -asociación civil-, previa caución juratoria, ordenando al ESTADO NACIONAL la suspensión de los efectos, en los términos y alcances del art. 13 de la ley 26.854, de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 20 de Diciembre de 2023 cuya entrada en vigencia operó el 29 de diciembre del pasado año y en consecuencia, de los Arts. 2° y 5° del Decreto Reglamentario 730/2024 dictado por el PEN con fecha 13 de Agosto de 2024 cuya entrada en vigencia operó el 15 de dicho mes y año, hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva, comunicándose lo resuelto por la presente por intermedio de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Presidencia de la Nación, mediante oficio, cuya confección y diligenciamiento quedará a cargo de la parte actora -art. 199 del CPCyCN-."

Los fallos anteriores de la justicia federal de Mercedes

Pese al avance del Gobierno con las SAD, la Justicia le dio la razón a AFA en repetidas ocasiones y la dejó exento de incorporar la figura de las Sociedades Anónimas Deportivas. Por un lado, el pasado 30 de enero, la Justicia Federal de Mercedes dictó una medida cautelar que frena los artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que habilitan las Sociedades Anónimas Deportivas.

La medida se dio tras una presentación de la Asociación del Fútbol Argentino y un afiliado del Consejo Federal: La Liga de Fútbol de Salto, en provincia de Buenos Aires. El juez federal que dio lugar es Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, perteneciente al Juzgado Federal de Mercedes. En la jornada del pasado martes, el mismo juez ratificó dicha medida cautelar, lo que significó un nuevo revés judicial para el Gobierno.

En tanto, el 14 de marzo, la Cámara Federal de San Martin, integrada por los magistrados Juan Pablo Salas, Marcos Moran y Marcelo Darío Fernández, confirmo la cautelar mediante la cual se ordenó al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023, que habilitan la transformación de asociaciones civiles en sociedades anónimas.

Fuente: Doble Amarilla

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